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Home Gobierno Federal

Este 4 de abril vence el plazo para la declaración anual

SAT SHCP

Hora25 by Hora25
abril 4, 2023
in Gobierno Federal, SAT, SHCP
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Este 4 de abril vence el plazo para la declaración anual
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Rebeca Marín

Este 4 de abril es el último día para presentar la Declaración Anual 2022 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), con lo que los contribuyentes reportan los ingresos y las operaciones realizadas, para conocer cuánto corresponde pagar de impuestos, proceso obligatorio para todas las personas físicas y morales.

Al presentar la declaración se pueden hacer deducciones, con lo que bajará la cantidad de impuestos a pagar. Se deberá solicitar una devolución de saldo a favor. Para todo ello se deberá ingresar en el portal sat.gob.mx.

–Despliega la opción para presentar la declaración de impuestos anual.

–Iniciar trámite.

–Corroborar que el ejercicio que se esté presentando sea el de 2022.

–Añadir la opción “presentar declaración”.

–Seleccionar todos los ingresos acumulados a declarar y las opciones que apliquen.

En el portal del SAT encontrará precargadas sus facturas y cuyos conceptos fueron clasificados como deducciones personales. Para ingresar al servicio se precisa usuario y contraseña.

Las deducciones capturadas se tomarán en cuenta cuando no superen la cantidad que resulte menor entre cinco Unidades de Medida y Actualización (UMAS) elevadas al año, el equivalente a 175 mil 601 pesos o 15% del total de tus ingresos.

–Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.

–Gastos funerarios.

–Donativos.

–Aportaciones complementarias.

–Primas por seguros de gastos médicos.

–Transportación escolar.

–Depósitos en cuentas especiales para el ahorro.

–Colegiaturas.

–Créditos hipotecarios.

De acuerdo con el anexo 8 de la resolución de la Miscelánea Fiscal para 2022 sobre el artículo 152 de la ley sobre el Impuesto Sobre la Renta, los valores se calculan de acuerdo con diferentes tablas.

–Si operaste un negocio u ofrece servicios profesionales independientes basados en honorarios.

–Si tus ingresos anuales superan los 400 mil pesos (aunque está exento si provino del mismo empleador).

–Si ganaste dinero durante todo el año de dos o más patrones (aunque no sume más de 400 mil pesos).

–Cualquier liquidación, beneficios de compensación laboral, pensiones o jubilación que haya recibido.

–Si compraste o si alquilas un lugar.

–Si compraste o vendiste algún terreno.

–Si recibiste intereses financieros anuales de más de 100 mil pesos.

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