Por Gilberto Solís Flores
Cd MEXICO.- Como novedosa reacción ante la prohibición oficial y suspensión de la distribución y venta de tabaco, así como de otros productos alimenticios ultra procesados y poco nutrientes, las empresas de la industria tabacalera y diversas tiendas expendedoras recurren a la solicitud de amparo legal como una estrategia para contrarrestar y evitar toda sanción y seguir con la exposición al público de esos productos.
Ante esa medida, representantes de las organizaciones de la sociedad civil, hace un atento llamado y petición al Poder Judicial para mantener su firme postura en la procuración del derecho a la salud de todos los mexicanos frente a los amparos de la industria tabacalera y empresas expendedoras.
Específicamente, los representantes de las organizaciones civiles, Salud Justa y El Poder del Consumidor, revelaron en reciente comunicado oficial de prensa que desde el pasado mes de febrero la conocida cadena de tiendas de conveniencia OXO propiedad de la empresa Femsa obtuvo una suspensión definitiva en el amparo que presentó en el inicio del presente año, en contra de las medidas de control de tabaco en las cuales se prohibía exhibir los productos de tabaco en los mostradores.
La Juez Segundo de Distrito del Estado de Nuevo León considero que exhibir los productos de tabaco a los consumidores no representaba daño alguno al interés social, contrario a toda evidencia de salud pública, señala el comunicado de las organizaciones civles.
En tanto que en conferencia de prensa realizada en un hotel del centro histórico de la capital mexicana, el Maestro Eric Antonio Ochoa director de Salud Justa a. c. advirtió; “No toleraremos que los intereses de la cadena OXO se interpongan a la salud de niños, adolescentes, jóvenes y adultos y daremos seguimiento muy cercano para fortalecer y cumplir el derecho a la salud de la comunidad”.
Asimismo la abogada de El Poder del Consumidor a. c. Gabriela Guzmán, al señalar, que, La industria ha presionado para que la discusión sobre este asunto se lleve a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) también en esta instancia, de acuerdo con los proyectos de sentencia existentes, se confirma que el etiquetado de advertencia es constitucional y protege la salud de la población mexicana, subrayó que la industria tabacalera se ampara para evitar toda prohibición en la venta de los productos de tabaco, además que hay múltiples de amparos a la suspensión de empresas como Coca Cola, refrescos Barrilitos, Herdez, leche Santa Clara, entre otros, hasta 60 amparos en proceso.
Se estima que, hasta hoy se han presentado alrededor de 600 amparos en contra del Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco, y parece que recurrir a esta protección se ha tomado como alternativa y estrategia recurrente para retrasar o cancelar las medidas de salud pública, la cual es usada no solo por la industria de tabaco sino también por las empresas alimenticias que desde el año 2020 presentaron más de 150 amparos contra el etiquetado frontal de advertencia.
En la conferencia, los representantes de las organizaciones civiles que procuran la salud de los mexicanos, enfatizaron que el tabaquismo es la primera causa de muerte prevenible a nivel mundial, pero sus efectos negativos también se trasladan a la economía, y en México fumar mata cada año a 63 mil 200 personas y cuesta más de 116 mil millones de pesos anualmente para la atención médica en hospitales y centros de salud de las patologías que provoca, como diversos cánceres, la enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC) y daños cardiovasculares.
Ante la posible suspensión de actividades al estadio Azteca por el insistente uso de tabaco, “pues los propios directores técnicos de algunos equipos de futbol insisten en este nocivo hábito de fumar, el director de Salud Justa, afirmó que, “Sigue firme la campaña permanente de asegurar al máximo los espacios libres de humo de tabaco en la capital mexicana”, y al final de la reunión reiteró en breve entrevista, que la medida de control se extiende a los estadios de beisbol, lugares del espectáculo de boxeo y de lucha libre, así como en todos los escenarios deportivos y lugares de asiste3ncia masiva de espectadores.
“Nada justifica que la Juez Claudia Elena Hurtado de Mendoza Godinez titular del Juzgado Segundo de Distrito de Nuevo León quien otorgó la suspensión definitiva una tienda OXXO, basara su argumentación sobre la contradicción que se continúe con la prohibición de cualquier tipo de publicidad, promoción y patrocinio, a su vez que otorga la suspensión definitiva pro que, “No se vulnera el orden social ni se daña el interés colectivo”. Peor aún hasta menciona cierta iniciativa de reforma al Artículo 16 de la Ley General para el Contro de Tabaco presentada por la diputada Consuelo Arguelles, que fue dictaminada en contra. En la sentencia, la Juez asume que se trato de incorporar el texto que ahora primigeniamente se reprocha del Reglamento respectivo”.
Pero nada que ver, pues esa reforma presentada en el año 2013, pretendía abrir la comercialización libre de cigarros electrónicos, ni siquiera son de la misma materia, enfatizó Eric Antonio Ochoa dirigente de Salud Justa.
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