Rebeca Marín
Dentro de la propuesta de paquete económico para el 2022, enviada por el Ejecutivo al Congreso de la Unión el 8 de septiembre y que será discutida por los legisladores en las próximas semanas se incluyen diversas modificaciones relacionadas con la adquisición de combustible ilícito.
Especialistas advierten que uno de cada diez litros de combustible comercializados en el país es robado, ya sea de las refinerías o de los ductos de Pemex, en una práctica conocida coloquialmente como huachicoleo. Los primeros meses del gobierno de AMLO vieron una ofensiva contra este delito en una estrategia que proponía un primer gran golpe para después desarticular a las organizaciones criminales. Sin embargo, lejos de tener éxito, el planteamiento ha sido inefectivo, además de que también ha crecido el llamado huachicol fiscal, como se le conoce al contrabando e importación de combustible que no paga impuestos al Estado mexicano.
Los costos de estos delitos para el estado son onerosos, mientras que en 2020 se registraron 2,055 tomas clandestinas, con una pérdida de más de 1,499 millones de dólares, entre enero y mayo de 2021 se contabilizaron 1,069, por un monto cercano a los 1,400 millones de dólares. De seguir así, la prospectiva es que este año termine con más de 2,500 tomas ilegales.
La exposición de motivos de la iniciativa presentada por el presidente señala que se han detectado discrepancias entre los volúmenes de hidrocarburos o petrolíferos adquiridos por los proveedores respecto de los que son efectivamente vendidos al público en general, así como entre las ventas y los litros recibidos en sus instalaciones.
En ese sentido, el Ejecutivo propone una serie de reformas y adiciones al Código Fiscal de la Federación para incluir tres tipos penales relacionados con este tema imponiendo una pena de prisión de 6 a 12 años a quien enajene hidrocarburos o petrolíferos de procedencia ilícita.
De aprobarse la reforma, se considerará que los hidrocarburos o petrolíferos enajenados son de procedencia ilícita cuando exista una diferencia entre las existencias medidas y las calculadas; cuando se detecte que la contribuyente entrega más litros de los que factura como venta; y cuando se detecte que el contribuyente factura más de lo que puede vender.
Conforme a lo dispuesto en el propio Código Fiscal de la Federación, estos delitos requerirán la formulación de una querella por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, independientemente del estado en que se encuentre el procedimiento administrativo que en su caso se tenga iniciado.
A través de esta reforma, las autoridades fiscales buscan fortalecer el marco jurídico para este tipo de ilícitos buscando, por un lado, disuadir estas conductas y por otro sancionar a quienes las cometen. Se trata de otro brazo, ahora fiscal y judicial para combatir este delito, no obstante, es probable que deje intocado el mercado negro de combustible que se vende de manera informal y que también representa una buena parte de este negocio.
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