Rebeca Marín
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) debe proporcionar la versión pública con las reclamaciones presentadas en términos de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, del periodo de 2005 a 202, informó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Esto, luego de que una persona solicitó al órgano tributario que informara en qué apartado de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) podía consultar la versión pública de cada una de las resoluciones (sentencias firmes) emitidas. El SAT informó que las resoluciones que emite no están publicadas en la PNT, por lo que, en su primera respuesta, manifestó la inexistencia de lo solicitado.
Ante la respuesta de inexistencia de la información, el solicitante presentó ante el INAI un recurso de revisión. En el proyecto presentado por la ponencia a cargo de la Comisionada Josefina Román Vergara, se determinó que el agravio es fundado al considerar que, si bien el SAT turnó la solicitud a las unidades administrativas competentes para conocer de lo solicitado, éstas no realizaron una búsqueda con criterio amplio.
El SAT se limitó a indicar que en la Plataforma Nacional de Transparencia no se localizó la información solicitada, sin que realizara una búsqueda encaminada a localizar la expresión documental que diera atención a lo solicitado.
También se analizaron las versiones públicas de las resoluciones puestas a disposición por el propio sujeto obligado, a través de su escrito de alegatos y, en consecuencia, se indicó que clasificó datos que no debieron ser clasificados.
A partir de lo anterior, se concluyó que es procedente la entrega de nuevas versiones públicas de las resoluciones de reclamaciones patrimoniales, indicó la comisionada.
INAI revocó la respuesta del SAT y le instruyó que proporcione nueva versión pública de las resoluciones, específicamente, de reclamaciones patrimoniales, junto con la resolución emitida por el Comité de Transparencia, en la que se funde y motive la confidencialidad de diversos datos personales testados.
Román Vergara apuntó que uno de los efectos principales de este tipo de procedimientos de responsabilidad patrimonial del Estado consiste en la protección de los derechos de las personas por parte de la administración pública; no obstante, también genera que en los servidores públicos haya conciencia de que cualquier acto de autoridad que realice puede causar una afectación a las personas, situación que implica mayor responsabilidad a todos los servidores públicos.
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