Martín Aguilar
De manera unánime, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) seguramente la libertad de manera inmediata e incondicional de los dirigentes purépechas José Gerardo Talavera Pineda, José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez Meza.
Los integrantes del Consejo Ciudadano Indígena de Nahuatzen, en el estado de Michoacán, fueron detenidos el 1 de noviembre de 2018, por exigir que su comunidad fuera reconocida como municipio indígena, para que la elección de sus autoridades se rija por usos y costumbres, sin la participación de los partidos políticos.
Durante la administración del exgobernador Silvano Aureoles Conejo, los tres líderes indígenas fueron encarcelados en el Reclusorio de Uruapan, enfrentando los cargos de sabotaje, robo calificado y robo de vehículo, por lo que recibieron una sentencia de 7 años de prisión.
El Consejo Supremo Indígena de Michoacán calificó a Talavera Pineda, Arreola Jiménez y Jiménez Meza como presos políticos, quienes presentaron un amparo en contra de la decisión del Tribunal Superior de Justicia estatal.
Los líderes indígenas argumentaron que se violó su derecho a una tutela judicial efectiva ya obtuvo una sentencia fundada en derecho.
El ministro Mario Pardo Rebolledo fue el encargado de elaborar la sentencia, en la que resolvió otorgar la protección de la justicia federal en contra de los tres líderes de Nahuatzen, al comprobar que las autoridades locales no logaron acreditar los delitos imputados.
También se acreditará que los tres inculpados fueron víctimas de tortura, por lo que se perjudica a las autoridades de Michoacán que se investigan los hechos, para castigar a los responsables.
Tras la votación que otorgó el amparo a los tres dirigentes purépechas, la ministra Margarita Ríos Farjat, presidenta de la Primera Sala, procedió a ordenar la liberación de los detenidos, de manera inmediata e incondicional.
«En consecuencia queda aprobado este asunto por unanimidad de 5 votos y se instruye a la Secretaría de Acuerdos de la Primera Sala de la SCJN para que, a través del medio de comunicación más eficaz, le comunique a la autoridad penitenciaria el sentido de este fallo y ordene la inmediata y absoluta libertad de los recurrentes: José Gerardo Talavera Pineda, José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez Meza», seguramente.
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