Rebeca Marín
La autoridad fiscal eliminó una exención de ISR para contribuyentes agropecuarios, cuyos ingresos en el ejercicio excedan de 900 mil pesos.
Con la Reforma Fiscal para 2022, se eliminó el régimen en el que tributaban las personas físicas que se dedican a la agricultura, ganadería, pesca y silvicultura (AGAPES).
Por lo anterior, los contribuyentes mencionados deben pasar al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) o al régimen de actividades empresariales.
Actualmente, la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR), en el artículo 113-E penúltimo párrafo, establece lo siguiente:
Las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, cuyos ingresos en el ejercicio no excedan de 900 mil pesos efectivamente cobrados, no pagarán el impuesto sobre la renta por los ingresos provenientes de dichas actividades.
En caso de que esos ingresos excedan, a partir de la declaración mensual correspondiente deberán cubrir el impuesto conforme al RESICO.
En el mismo sentido, la regla 3.13.11. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022 precisa que para los efectos del artículo 113-E, noveno párrafo de la Ley del ISR, las personas físicas cuyos ingresos en el ejercicio excedan de 900 mil pesos, deben pagar el ISR a partir del mes en que esto suceda, por la totalidad de los ingresos que superen la cantidad referida, que estén amparados por los CFDI efectivamente cobrados en el mes de que se trate.
Pero el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente modificó la regla mencionada, para precisar lo siguiente:
«Para los efectos del artículo 113-E, noveno párrafo de la Ley del ISR, las personas físicas cuyos ingresos en el ejercicio excedan de 900 mil pesos, deberán pagar el ISR a partir del mes en que esto suceda, por la totalidad de los ingresos obtenidos, que estén amparados por los CFDI efectivamente cobrados en el mes de que se trate».
La autoridad fiscal modificó la regla con la primera versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022, que se puede consultar en el portal de internet del SAT.
Lo anterior significa que ahora debe pagarse el impuesto cuando se rebase el ingreso de 900 mil pesos y no sobre el excedente. Por eso, IDC Online considera que este tipo de contribuyentes serán perjudicados cuando rebasen la cantidad citada. Además, no tienen derecho a ninguna exención.
Un cambio implica que el SAT eliminó la exención del pago de ISR que tenían los pequeños contribuyentes agropecuarios.
Gilberto Treviño Cárdenas, socio director del despacho jurídico Práctica Legal y Fiscal, dijo al diario que la medida es «muy grave e ilegal», porque la disposición se contrapone con lo que dispone la Ley del ISR.
El especialista explicó que si un contribuyente tiene ingresos de un millón de pesos anuales iba a pagar 2 mil pesos. Es decir, el 2% sobre los 100 mil pesos que excedían a los 900 mil pesos exentos. Pero ahora pagará 25 mil pesos.
«Es una diferencia de 23 mil pesos, lo que equivale a un aumento en el impuesto, cuando habían dicho que no los aumentarían», expresó.
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