Martín Aguilar
El Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), en sesión pública extraordinaria, resolvió dos recursos de inconformidad relacionados con determinaciones emitidas por la entonces Comisión de Disciplina Judicial del extinto Consejo de la Judicatura.
En el primer asunto, por mayoría de votos, el Pleno confirmó una resolución en la que se había determinado la responsabilidad administrativa de una persona servidora pública por tener descuido en el desempeño de sus funciones y por el incumplimiento a disposiciones constitucionales locales en materia de derechos humanos y perspectiva de género.
Durante la discusión, el Pleno precisó que esta resolución se emitió en cumplimiento a una ejecutoria de amparo dictada por un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, en la que se ordenó analizar de fondo los argumentos planteados por la persona recurrente, los cuales se relacionaban, entre otras cuestiones, con la supuesta falta de competencia de la extinta Comisión de Disciplina, la variación de la litis y la definición de las conductas atribuidas; por lo que, una vez efectuado el estudio respectivo, se determinó declarar infundados los agravios hechos valer y, en consecuencia, confirmar la resolución impugnada.
Con ello, se dio cumplimiento a la ejecutoria federal y se ordenó remitir copia certificada del fallo al Juzgado de Distrito correspondiente.
En el segundo asunto, por unanimidad, el Pleno del TDJ aprobó revocar un acuerdo dictado por una persona Consejera integrante de la referida Comisión de Disciplina Judicial, mediante el cual se desechó una queja bajo el argumento que trataba sobre aspectos jurisdiccionales y ordenó archivarlo sin mayores razones.
Al respecto, el órgano disciplinario enfatizó que el hecho de que una actuación sea de carácter jurisdiccional no significa que quede fuera del escrutinio disciplinario, sobre todo cuando existan elementos que pudieran dar lugar a una probable responsabilidad administrativa y, tomando en consideración que, en dicho caso, involucraba la protección del interés superior de la niñez.
En este sentido, se determinó turnar el expediente al Órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas para que realice la investigación respectiva, así como notificar a las partes involucradas.
Concluyeron señalando la importancia de que, al emitir sus resoluciones, las personas juzgadoras lo realicen con apego a la legalidad manteniendo un enfoque de derechos humanos, que garantice en todo momento la protección del derecho a la tutela judicial efectiva de todas las personas.
El Tribunal de Disciplina Judicial refrenda su compromiso con una justicia disciplinaria cercana a la ciudadanía, transparente, imparcial y respetuosa de los derechos humanos.




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